Control de permisos de trabajo de extranjero
Los trabajadores extranjeros deben gozar de la misma protección que los nacionales, aún en el caso de que su situación dentro del país termine convirtiéndose en irregular al vencerles su permiso de residencia y de trabajo.
La Sala de lo Social del alto tribunal justifica esa decisión en que "nuestro legislador ha querido dotar de un determinado marco de protección a los trabajadores cuyo contrato se extingue por la concurrencia de una causa legal". Y precisamente -añaden sus miembros- "los contornos de esa protección deben garantizarse también a los trabajadores extranjeros aún cuando carezcan de autorización para prestar servicios en España pero, pese a ello, los hayan venido prestando efectivamente".
En consecuencia, declaran improcedente cualquier despido basado en esa motivación y, por tanto, ordenan aplicar la indemnización correspondiente. En el caso concreto que ha motivado dicho fallo, conocido este lunes, condena a una empresa de limpiezas a pagar 16.363 euros como compensación a una empleada africana a la que despidió tras llevar ocho años en la compañía. El cese se lo comunicó en noviembre de 2013 y lo justificó en la pérdida de su permiso para vivir y trabajar en el país.
En una primera sentencia, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) dio la razón a la trabajadora despedida en atención a que su contrato "no incluía expresamente una cláusula de extinción basada en la pérdida sobrevenida de dicho permiso". Pero la empresa, apoyada en otro fallo del TSJM que podía resultar algo contradictorio con aquel, defendió que tal condición debía considerarse "implícitamente consignada" en el acuerdo laboral suscrito con su empleada y en base a ello se negó a indemnizarla.
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