Para Navidades: Contrato eventual

Si durante las fiestas de Navidad ha de contratar personal para reforzar su plantilla, utilice la modalidad de contratación más adecuada

Si su empresa tiene previsto contratar a nuevos trabajadores para cubrir el exceso de pedidos que tendrá durante las fiestas de Navidad, firme con éstos un contrato eventual por circunstancias de la producción. Este tipo de contrato es el que se utiliza para atender excesos de pedidos o acumulación de tareas, o cuando las circunstancias del mercado así lo exijan.

Cuando formalice el contrato, tenga en cuenta:

  • Indique con precisión y claridad la causa de su concertación. Por ejemplo: "Cubrir el eventual incremento en la demanda de productos con motivo de la campaña de Navidad". Si refleja una causa genérica (como "un aumento de pedidos"), el contrato se presumirá celebrado en fraude de ley, y los afectados reclamarán su condición de indefinidos.
  • Refleje una duración que cuadre con su exceso de pedidos (por ejemplo, hasta el 5 de enero). Si después quiere prolongarlo, podrá firmar una única prórroga, siempre que continúen las causas de la temporalidad y la duración no se prolongue más allá del tope de seis meses previsto por la ley (doce si lo prevé su convenio).